Riesgos Ergonómicos

Los riesgos ergonómicos en el trabajo surgen de las posturas y los movimientos forzados, y pueden llegar a provocar trastornos musculoesqueléticos muy graves.

Están causados por posturas forzadas, aplicación continua de fuerza, movimientos repetitivos y manipulación manual de cargas en el lugar de trabajo, principalmente. Pueden darse, por ejemplo, en empresas de paquetería y reparto, empresas de mudanzas, servicios de limpieza de oficinas, etc.

Aunque con el auge que está teniendo el teletrabajo, cada vez se habla más de los riesgos asociados a trabajo de oficina o escritorio, con mobiliario no adecuado, como el que tenemos en la mayoría de nuestros hogares.

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Por otro lado, los trastornos musculoesqueléticos (TME) son daños en estructuras y tejidos corporales como los músculos, los tendones, las articulaciones, los huesos, y los sistemas nervioso y circulatorio, causados por el trabajo o el entorno en el que se lleva a cabo.

¿Cuándo debe realizarse una evaluación de riesgos ergonómicos?

Es importante realizar una evaluación de riesgos ergonómicos adecuada cuando se den los siguientes casos:

  • Posturas de trabajo forzadas, como las posturas estáticas del tronco, o de las extremidades superiores o inferiores del sujeto, mantenidas durante más de 4 segundos.
  • Movimientos repetitivos debido a la manipulación de cargas.
  • Entornos de trabajo insuficientemente iluminados.
  • Manejo de herramientas en las que la aplicación de la fuerza es constante, como martillos o destornilladores.
  • Lugares de trabajo muy pequeños en los que la persona apenas cuenta con espacio para realizar su labor.
  • Lugares donde el trabajador puede estar sometido a vibraciones, que pueden ser de “mano-brazo” (HBA) o de “cuerpo entero”. (WBV) y puede provocar enfermedades profesionales osteoarticulares o angioneuróticas causadas, por ejemplo, por el trabajo con pistolas neumáticas o pistolas de masilla.
  • Lugares de trabajo en los que el trabajador está sometido al ruido, que puede causar enfermedades profesionales como la pérdida de audición o la sordera profesional.
  • Lugares con temperaturas extremas que pueden provocar estrés térmico.
  • Además, hay que tener en cuenta que el trabajador no debe estar expuesto a corrientes de aire incómodas u olores desagradables.

¿A qué partes del cuerpo afectan principalmente estos riesgos?

Afectan principalmente al cuello (tortícolis), a la espalda (lumbago),  a los hombros(tendinitis del manguito de los rotadores) y las extremidades superiores (epicondilitis del codo, tendinitis de la mano y la muñeca).

Siendo el síndrome de túnel carpiano, y el codo de tenista, las enfermedades más conocidas.

También pueden producirse trastornos en las extremidades inferiores (bursitis preestelar).

Regulación de los riesgos ergonómicos

Los riesgos se regulan en el reglamento de desarrollo de la ley de prevención de riesgos laborales a través de tres normas :

  • Real Decreto 486/1997 sobre Lugares de Trabajo, que establece las condiciones ambientales, dimensiones e iluminación adecuada que deben tener los lugares de trabajo para el desarrollo ergonómico de la actividad laboral, en sus anexos I, III y IV.
  • Real Decreto 487/1997, que contempla los trabajos de manipulación manual de cargas. Establece los cinco factores de riesgo que deben tenerse en cuenta al manipular una carga: características de la carga, esfuerzo físico requerido, características del entorno de trabajo, requisitos de la actividad y factores de riesgo individuales.
  • Real Decreto 488/1997 sobre los riesgos relacionados con el trabajo con VDD. Incluye preceptos para el diseño de los puestos de trabajo y disposiciones sobre cómo debe disponerse la mesa, la silla o la pantalla.

Evaluación de los riesgos ergonómicos

Se pueden realizar mediciones en el puesto de trabajo, como en el caso de las distancias y las alturas, o determinar la superficie libre por trabajador (2 m2 según la ley española).

Respecto a la iluminación, el valor de lux necesario debe medirse dependiendo del uso de la sala.

En cuanto a las posturas forzadas y la manipulación manual de cargas, existen métodos para determinar condiciones de trabajo inaceptables, como el método REBA (método de evaluación de la postura de todo el cuerpo) o el método del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), este último teniendo en cuenta los movimientos de la carga, la recogida de la misma y la frecuencia de la manipulación durante la jornada laboral.

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